La Corte de Apelaciones de Santiago estableció un procedimiento permanente para bloquear sitios de apuestas y juegos de azar online que operen sin autorización, como parte del cumplimiento de una sentencia previa de la Corte Suprema que ordenó a distintas empresas proveedoras de internet impedir la transmisión y promoción de juegos de azar no autorizados.
La resolución, dictada el 7 de agosto, determinó que el bloqueo deberá realizarse mediante el Sistema de Nombres de Dominio (DNS), mecanismo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel). De acuerdo con los antecedentes considerados por el tribunal, esta alternativa presenta una alta especificidad y un menor riesgo relativo de afectar sitios o servicios lícitos de terceros.
El procedimiento contempla que los dominios, subdominios, redirecciones o sitios asociados a plataformas de apuestas online sean informados a la Superintendencia de Casinos de Juego, organismo encargado de validar que correspondan efectivamente a plataformas de apuestas o juegos de azar dentro del ámbito de sus atribuciones. Posteriormente, Subtel comunicará la nómina a los proveedores de internet para que ejecuten el bloqueo mediante DNS y acrediten su implementación ante la Corte.
El mecanismo tendrá carácter permanente y podrá aplicarse sucesivamente a nuevos dominios, subdominios o sitios espejo que sean identificados y validados, sin necesidad de iniciar nuevamente todo el procedimiento judicial.
La Asociación Chilena de Casinos y Juegos (ACCJ) valoró la resolución y manifestó su disposición a colaborar en su implementación. “Estamos expectantes y colaboraremos en hacer efectivo este mecanismo de bloqueo en lo que como gremio nos competa”, señaló la Asociación. Asimismo, sostuvo que el Estado debe actuar de manera coherente frente a esta actividad y que el pago de impuestos no reemplaza una autorización para operar ni los controles sectoriales que requiere una actividad de esta naturaleza.
Luis Cordero, asesor legal externo de la Asociación Chilena de Casinos y Juegos (ACCJ), sostuvo que la resolución vuelve a poner de manifiesto la falta de coherencia entre las decisiones adoptadas por distintos organismos del Estado respecto de las plataformas de apuestas online.
A juicio del exministro, mientras los tribunales han ordenado bloquear los dominios asociados a estas plataformas, el Servicio de Impuestos Internos estableció un mecanismo para que operadores extranjeros se inscriban y paguen IVA en Chile.
“La Corte, al disponer criterios en etapas de cumplimiento de la sentencia de la Corte Suprema de 2025, descansa sobre la ilegalidad absoluta de las casas de apuestas online, lo que revela la incomprensible decisión del SII de inventar un sistema de tributación para estas plataformas, que además deben registrar sus dominios web que la misma Corte ha ordenado bloquear por ilícitas”, afirmó Cordero.
El abogado agregó que el Estado debe actuar de manera integral y bajo un criterio común frente a las actividades ilícitas, para evitar afectar otros derechos o intereses públicos.