NORMATIVAS
En conjunto, estos textos conforman un marco legal en el que la explotación de juegos de azar y apuestas deportivas son, por regla general, ilícitos, y sólo una ley puede crear una excepción.
En Chile hay solo cinco casos en que la ley ha establecido excepciones específicas que hacen lícita la actividad de los juegos y apuestas: la ley general de hipódromos (Ley N° 4566); Lotería de Concepción (Ley N° 18.568); Polla Chilena de Beneficencia (Ley N° 18.8851); Rifas y sorteos que autoriza el Presidente (Ley N° 10.262) y Casinos de Juego (Ley N° 19.995)
La Ley de Casinos, además de permitir la instalación y operación de los casinos físicos, creó la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ), organismo autónomo encargado de su supervisión. Para asegurar los mayores estándares en el servicio de los casinos y construir relaciones de confianza con la población, la SCJ ejerce una fiscalización constante.
Finalmente, el 13 de mayo de 2026 la Sala acuerda fijar un nuevo plazo para presentar indicaciones hasta el 29 de mayo de 2026, en la Secretaría de la comisión de Economía.
El historial de la tramitación del proyecto puede seguirse desde el siguiente link del Congreso Nacional: Tramitación del Boletín 14838-03