NORMATIVAS

La industria de los casinos de juego cuenta con un marco regulatorio sólido, que asegura transparencia y da garantías a la comunidad.

El artículo 63 de la Constitución Política en su numeral 19 establece que son materia de ley “las que regulan el funcionamiento de loterías, hipódromos y apuestas en general”. Por lo tanto, sólo una Ley puede regular el funcionamiento lícito de los juegos y apuestas en Chile.
Representar a la industria concesionada del entretenimiento en apuestas y juegos de azar en Chile, destacando su aporte en el crecimiento económico sostenible de las regiones y desarrollo de sus comunidades.

En conjunto, estos textos conforman un marco legal en el que la explotación de juegos de azar y apuestas deportivas son, por regla general, ilícitos, y sólo una ley puede crear una excepción.

En Chile hay solo cinco casos en que la ley ha establecido excepciones específicas que hacen lícita la actividad de los juegos y apuestas: la ley general de hipódromos (Ley N° 4566); Lotería de Concepción (Ley N° 18.568); Polla Chilena de Beneficencia (Ley N° 18.8851); Rifas y sorteos que autoriza el Presidente (Ley N° 10.262) y Casinos de Juego (Ley N° 19.995)

La Ley de Casinos, además de permitir la instalación y operación de los casinos físicos, creó la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ), organismo autónomo encargado de su supervisión. Para asegurar los mayores estándares en el servicio de los casinos y construir relaciones de confianza con la población, la SCJ ejerce una fiscalización constante.

Proyecto de Ley que Regula el Desarrollo de Plataformas de Apuestas en Línea. (boletín n°14.838-03)

  • El 7 de marzo de 2022, ingresa el proyecto de ley y la Sala de la cámara de Diputados resolvió que su tramitación sería en la comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo y posteriormente en la Comisión de Hacienda.
  • En junio de 2023 el Ejecutivo formula indicaciones (Oficio N° 85-371). Se incorpora informe financiero de Hacienda. Se pone urgencia Simple para su tramitación.
  • En septiembre el Ejecutivo remitió un nuevo Oficio N°163-371 donde retira las indicaciones de julio y formula un nuevo grupo de indicaciones.
  • En septiembre, la comisión de Economía remite el proyecto a la comisión de Deporte para su revisión e informe.
  • En octubre el Ejecutivo remitió un nuevo informe financiero sustitutivo (N°212).
  • 16 de octubre se despacha el primer informe de la comisión de Economía. Pasa a Deportes.
  • 18 de octubre se despacha el primer informe de la comisión de Deportes y Recreación. Pasa a Hacienda.
  • 27 de noviembre se despacha primer informe de la comisión de Hacienda.
  • 12 de diciembre se inicia discusión en general. Aprobado en general y particular. Pasa a segundo trámite constitucional al Senado.
  • 13 de diciembre se inicia segundo trámite constitucional. Cuenta del proyecto que pasa a Economía y Hacienda del Senado.
  • Abril de 2024 se despacha el primer informe de Economía. Pasa a Hacienda.
  • Durante 2025 el Ejecutivo mantuvo activa la tramitación mediante sucesivas renovaciones de urgencia Simple y Suma en el Senado.
  • El 5 de agosto de 2025 se despacha el primer informe de la comisión de Hacienda.
  • El 13 de agosto de 2025 la Sala acuerda que el proyecto sea conocido, en particular, por las comisiones de Economía y Hacienda unidas. Ese mismo día se aprueba la idea de legislar en general y se fija plazo para presentar indicaciones hasta el 29 de septiembre de 2025.
  • El 30 de septiembre de 2025 se da cuenta del boletín de indicaciones ingresadas al proyecto. En la misma sesión, la Sala acuerda fijar un nuevo plazo para presentar indicaciones hasta el 1 de octubre de 2025 y además resuelve que el proyecto será analizado, en primer lugar, por la comisión de Economía y posteriormente por la comisión de Hacienda.
  • El 1 de octubre de 2025 se da cuenta de un nuevo boletín de indicaciones y se despacha el segundo informe de la comisión de Economía junto con el comparado de indicaciones.
  • Durante el segundo semestre de 2025 y comienzos de 2026 el proyecto no tuvo movimiento y la discusión estuvo estancada.
  • Finalmente, el 13 de mayo de 2026 la Sala acuerda fijar un nuevo plazo para presentar indicaciones hasta el 29 de mayo de 2026, en la Secretaría de la comisión de Economía.

El historial de la tramitación del proyecto puede seguirse desde el siguiente link del Congreso Nacional: Tramitación del Boletín 14838-03