El artículo 63 de la Constitución Política en su numeral 19 establece que son materia de ley “las que regulan el funcionamiento de loterías, hipódromos y apuestas en general”. Por lo tanto, sólo una Ley puede regular el funcionamiento lícito de los juegos y apuestas en Chile.

Por su parte, el Código Penal en los artículos 275 – 277 y siguientes tipifica la actividad de juegos de azar en general como delito y el Código Civil en su artículo 1466 declara nulas las deudas contraídas en juegos de azar por considerarlas ilícitas.

En conjunto, estos textos conforman un marco legal en el que la explotación de juegos de azar y apuestas deportivas son, por regla general, ilícitos, y sólo una ley puede crear una excepción.

En Chile hay solo cinco casos en que la ley ha establecido excepciones específicas que hacen lícita la actividad de los juegos y apuestas: la ley general de hipódromos (Ley N° 4566); Lotería de Concepción (Ley N° 18.568); Polla Chilena de Beneficencia (Ley N° 18.8851); Rifas y sorteos que autoriza el Presidente (Ley N° 10.262) y Casinos de Juego (Ley N° 19.995)

La Ley de Casinos, además de permitir la instalación y operación de los casinos físicos, creó la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ), organismo autónomo encargado de su supervisión. Para asegurar los mayores estándares en el servicio de los casinos y construir relaciones de confianza con la población, la SCJ ejerce una fiscalización constante.

Proyecto de Ley que Regula el Desarrollo de Plataformas de Apuestas en Línea. (boletín n°14.838-03)

  • El 7 de marzo de 2022, ingresa el proyecto de ley y la Sala de la cámara de Diputados resolvió que su tramitación sería en la comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo y posteriormente en la Comisión de Hacienda.
  • En junio de 2023 el Ejecutivo formula indicaciones (Oficio N° 85-371). Se incorpora informe financiero de Hacienda. Se pone urgencia Simple para su tramitación.
  • En septiembre el Ejecutivo remitió un nuevo Oficio N°163-371 donde retira las indicaciones de julio y formula un nuevo grupo de indicaciones.
  • En septiembre, la comisión de Economía remite el proyecto a la comisión de Deporte para su revisión e informe.
  • En octubre el Ejecutivo remitió un nuevo informe financiero sustitutivo (N°212).
  • 16 de octubre se despacha el primer informe de la comisión de Economía. Pasa a Deportes.
  • 18 de octubre se despacha el primer informe de la comisión de Deportes y Recreación. Pasa a Hacienda.
  • 27 de noviembre se despacha primer informe de la comisión de Hacienda.
  • 12 de diciembre se inicia discusión en general. Aprobado en general y particular. Pasa a segundo trámite constitucional al Senado.
  • 13 de diciembre se inicia segundo trámite constitucional. Cuenta del proyecto que pasa a Economía y Hacienda del Senado.
  • Abril de 2024 se despacha el primer informe de Economía. Pasa a Hacienda.

Desde el 8 de abril de 2024 hasta el cierre del año, el proyecto no se revisó en la comisión de Hacienda, sin embargo, el Ejecutivo insistió en hacer presente la urgencia Suma durante todo el año legislativo.

El historial de la tramitación del proyecto puede seguirse desde el siguiente link del Congreso Nacional: Tramitación del Boletín 14838-03